El Banco Central suspendió a Vicentín para operar en el mercado de cambios y realizar pagos al exterior

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) ordenó la suspensión de la empresa Vicentín para operar en el mercado de cambios y realizar pagos al exterior, por lo que solamente podrá acceder para liquidar las exportaciones pendientes para regularizar su situación.

A través de un documento llamado Comunicación “C” 89731, dirigida a las entidades financieras y los operadores de cambio, la entidad financiera apuntó: “Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que en el marco del Decreto N° 609/19, modificado parcialmente por el Decreto 91/19, de la Ley 19.359 (t.o. 1995) y de la Comunicación “A” 6770 y “A” 6844 modificatorias y complementarias, mediante Resolución N° 25/21 de la Gerencia Principal de Control, se ha dispuesto que, sin la previa autorización de este Banco, no deberán dar curso a operaciones de cambio correspondientes a EGRESOS por el mercado de cambios, en su caso, a su anulación, a nombre o por cuenta de: Vicentin S.A.I.C., C.U.I.T. Nº 30-50095962-9”.

El BCRA aseguró que desde la firma “asimismo, deberán abstenerse de transmitir al exterior las operaciones que se hubieren formalizado y que a la fecha se encuentren pendientes de aviso a los corresponsales. Estas medidas precautorias son aplicadas de acuerdo con lo establecido por el artículo 17 de la Ley 19.359 de Régimen Penal Cambiario (T.O.1995)”.

Y concluyó: “En atención a la suspensión adoptada las ENTIDADES FINANCIERAS cuentan con una AUTORIZACION ESPECIAL para realizar operaciones de compras de moneda extranjera o INGRESOS al mercado de cambios, que permitan al exportador efectuar ingresos de divisas al mercado de cambios”.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) ordenó la suspensión de la empresa Vicentín para operar en el mercado de cambios y realizar pagos al exterior, por lo que solamente podrá acceder para liquidar las exportaciones pendientes para regularizar su situación.

A través de un documento llamado Comunicación “C” 89731, dirigida a las entidades financieras y los operadores de cambio, la entidad financiera apuntó: “Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que en el marco del Decreto N° 609/19, modificado parcialmente por el Decreto 91/19, de la Ley 19.359 (t.o. 1995) y de la Comunicación “A” 6770 y “A” 6844 modificatorias y complementarias, mediante Resolución N° 25/21 de la Gerencia Principal de Control, se ha dispuesto que, sin la previa autorización de este Banco, no deberán dar curso a operaciones de cambio correspondientes a EGRESOS por el mercado de cambios, en su caso, a su anulación, a nombre o por cuenta de: Vicentin S.A.I.C., C.U.I.T. Nº 30-50095962-9”.

El BCRA aseguró que desde la firma “asimismo, deberán abstenerse de transmitir al exterior las operaciones que se hubieren formalizado y que a la fecha se encuentren pendientes de aviso a los corresponsales. Estas medidas precautorias son aplicadas de acuerdo con lo establecido por el artículo 17 de la Ley 19.359 de Régimen Penal Cambiario (T.O.1995)”.

Y concluyó: “En atención a la suspensión adoptada las ENTIDADES FINANCIERAS cuentan con una AUTORIZACION ESPECIAL para realizar operaciones de compras de moneda extranjera o INGRESOS al mercado de cambios, que permitan al exportador efectuar ingresos de divisas al mercado de cambios”.

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Claves para entender la causa "dólar futuro"

La Cámara Federal de Casación Penal definirá hoy si la causa por la venta de dólar futuro continúa hacia el juicio oral o si, por el contrario, declara el sobreseimiento de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner (CFK) que expuso su alegato de manera virtual, al gobernador Axel Kicillof y el ex titular del Banco Central (BCRA) Alejandro Vanoli, entre otros procesados.

¿De qué trata la causa dólar futuro?

En octubre de 2015, el entonces senador del PRO, Federico Pinedo y el diputado nacional de la UCR Mario Negri denunciaron a Vanoli y su directorio por “defraudación por infidelidad en perjuicio de la administración pública”. La acusación planteó que el BCRA vendió dólares a futuro a precios por debajo de la cotización del mercado exterior y que el valor acordado era incluso más bajo que la cotización del dólar ahorro.

Meses más tarde, el juez federal Claudio Bonadio imputó a la ex presidenta CFK, al entonces ministro de Economía Axel Kicillof y a otros funcionarios por considerarlos responsables. 

Finalmente en octubre de 2020, después de un enorme escándalo mediático, un peritaje estableció de manera unánime que "no existe hipótesis delictiva en la operatoria conocida como dólar futuro y no hubo perjuicio para el Estado”. 
 

La Cámara Federal de Casación Penal definirá hoy si la causa por la venta de dólar futuro continúa hacia el juicio oral o si, por el contrario, declara el sobreseimiento de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner (CFK) que expuso su alegato de manera virtual, al gobernador Axel Kicillof y el ex titular del Banco Central (BCRA) Alejandro Vanoli, entre otros procesados.

¿De qué trata la causa dólar futuro?

En octubre de 2015, el entonces senador del PRO, Federico Pinedo y el diputado nacional de la UCR Mario Negri denunciaron a Vanoli y su directorio por “defraudación por infidelidad en perjuicio de la administración pública”. La acusación planteó que el BCRA vendió dólares a futuro a precios por debajo de la cotización del mercado exterior y que el valor acordado era incluso más bajo que la cotización del dólar ahorro.

Meses más tarde, el juez federal Claudio Bonadio imputó a la ex presidenta CFK, al entonces ministro de Economía Axel Kicillof y a otros funcionarios por considerarlos responsables. 

Finalmente en octubre de 2020, después de un enorme escándalo mediático, un peritaje estableció de manera unánime que "no existe hipótesis delictiva en la operatoria conocida como dólar futuro y no hubo perjuicio para el Estado”. 
 

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