La Justicia suspendió la derogación de la Ley de Tierras

La Justicia suspendió la derogación de la Ley de Tierras impulsada por el megadecreto de desregulación económica del presidente, Javier Milei. Los detalles en la nota.

El juez federal platense, Ernesto Kreplak, suspendió la derogación de la Ley de Tierras que tenía vigencia a partir de la sanción del megadecreto de desregulación económica (DNU 70/2023) impulsado por la administración del presidente, Javier Milei. 

En este contexto, el magistrado dio lugar al pedido del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) que solicitó la revocación del artículo 154 del Decreto que anuló la Ley 26.737 sobre el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras Rurales.

Los detalles de la medida

En su resolución, el magistrado canceló la derogación y demandó al Poder Ejecutivo para que realice el informe previsto en la ley 16.986 que reglamenta la acción de amparo. 

“En el reglamento atacado, se invocó como menester la derogación de la Ley 26.737 (llamada Ley de Tierras); no obstante se omitió brindar fundamentación adecuada sobre la relación subyacente que explicaría la forma según la cual, la abrogación de la norma, contribuiría a superar los problemas sociales y económicos que trasunta la Nación”, expresó el documento firmado por Kreplak. 

En esta línea, el juez federal enfatizó: "No se advierte entonces, prima facie, que el acto estatal impugnado (derogación de la norma legal) sea adecuado al fin que persigue el estado (superación de problemas sociales y económicos) y que el medio utilizado (Decreto de Necesidad y Urgencia) sea proporcionado y conducente a ese fin".

"Es como poner en venta la Patagonia"

Por otro lado, el CECIM advirtió en su pedido de amparo sobre las consecuencias negativas que traería la derogación de la Ley de Tierras. 

"La derogación de esta Ley atenta contra derechos fundamentales e implica un daño irreparable al pueblo argentino al liberar el mercado de tierras y habilitar la extranjerización de la tierra", destacaron. 

La normativa aprobada en 2011, establece límites a la cantidad de tierra que puede ser poseída por extranjeros en nuestro país quienes no pueden tener más del 15% de los territorios productivos y unas 1.000 hectáreas por persona u empresa como máximo.

Respecto a su derogación, el CECIM indicó: “Estamos asistiendo a la vocación de permitir, mediante la supresión del ordenamiento jurídico de orden público vigente, la extranjerización de la tierra, el despojo soberano, ahora por mera voluntad unipersonal del Ejecutivo". 

Por último, indicaron: "Si la usurpación británica de 1833 nos genera indignación visceral, pensemos qué debe generarnos y cómo nos sentimos frente a este artículo 154 del Decreto 70/23 que, materialmente, implica poner un cartel de venta a nuestra Patagonia".