Importaciones: el Gobierno reemplaza las SIRA por el SEDI como sistema de control

El Gobierno lanzó el Sistema Estadístico de Importaciones como nuevo ente regulador del comercio exterior. El órgano que reemplaza a las SIRA funcionará bajo la órbita de AFIP y la Secretaría de Comercio. Más detalles 👇.

El Gobierno oficializó la implementación del Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI), que reemplazará al Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA). La medida fue instrumentada a través de una resolución conjunta de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Secretaría de Comercio.

Bajo el nuevo esquema, los importadores definidos en el artículo 91 del Código Aduanero deberán presentar una declaración jurada como "información relativa a sus destinaciones de importación para consumo". De este modo, se elimina la obligación de tramitar licencias automáticas y no automáticas.

Al publicar la medida, el Poder Ejecutivo expresó que "resulta apropiado instaurar un nuevo régimen de información anticipada de operaciones de importación", para "normalizar y facilitar el comercio exterior, así como contribuir al fortalecimiento de los Organismos del Estado a efectos de enfrentar los desafíos actuales".

Cómo funciona el SEDI

Los importadores que soliciten permiso para ingresar mercancías deberán completar la "declaración SEDI". En este proceso, AFIP analizará la situación tributaria del contribuyente y su capacidad económica financiera. Superados estos controles, la declaración estará oficializada.

En caso de detectar inconsistencias, los solicitantes serán contactados por el Sistema Informático MALVINA (SIM). Una vez subsanadas, se deberá registrar una nueva declaración SEDI para obtener la autorización.

Cumplido el control, la declaración de los importadores tendrá validez de 360 días corridos. Para continuar con la operativa aduanera, la validez del permiso deberá ser presentada ante los organismos integrantes del Régimen Nacional de Ventanilla Única del Comercio Exterior Argentino (VUCEA).

"Estos organismos deberán pronunciarse en un lapso no mayor a 30 días corridos, contados desde el registro de la SEDI. En caso de no producirse la intervención en el plazo señalado, la declaración SEDI pasará, en forma automática, a estado de salida", aclaró el Poder Ejecutivo.

Padrón de deuda de importadores con proveedores

Entre otras modificaciones, el nuevo sistema dispone la creación del "Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior". En ese registro deberán inscribirse, a través de declaración jurada, los sujetos que cuenten con deuda comercial por importaciones de bienes y/o de servicios.

Las empresas que se inscriban podrán suscribir a los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (Bopreal), lanzados por el Banco Central para facilitar la cancelación de deudas que los importadores mantienen con sus proveedores o sus casas matrices.

Desde el Ejecutivo precisaron que el padrón tiene "el objetivo de contar con información actualizada de la deuda comercial privada vigente y atender dicha problemática".