"Un puente al empleo": de qué se trata el proyecto presentado por el oficialismo

El proyecto de ley se basa en dos aspectos fundamentales pensados para incentivar la contratación y regularización de empleados de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

El oficialismo impulsa un proyecto de ley presentado por el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, para convertir los planes sociales en empleo genuino. Como explicó el funcionario, Un puente al empleo tiene como beneficio tomar el plan como parte del salario y que el trabajador tenga el acceso a la obra social, al aporte jubilatorio y a su seguro. Asimismo, los beneficiarios tendrían la posibilidad de recibir capacitaciones y completar cursos de formación dentro del marco del programa. El texto entró al Congreso este jueves y fue anunciado el viernes.

Claves de "Un puente al empleo"

Las claves del proyecto están fundamentalmente apoyadas en dos aspectos pensados para fomentar la contratación y la regularización de empleados de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas:

  • Reducción de hasta el 100% de las contribuciones patronales. Afectaría al aporte a la seguridad social que hoy representa el 23% del salario de su dependiente. Las cargase se reducirían durante dos años por cada trabajador y considerando como tope máximo una suma equivalente a dos salarios mínimos por cada uno y con una nómina tope que incremente de cinco a veinte trabajadores.
  • Esquema de protección y regularización de situaciones laborales precarias. El objetivo es que las MiPyMES regularicen las relaciones vigentes iniciadas con anterioridad a la aprobación de la ley. De esta manera, la rectificación de la remuneración real o la fecha  real de inicio de la relación no tendría el riesgo de sufrir acciones penales por la falta de pago de aportes y contribuciones. Además, el Estado computaría los aportes no ingresados por hasta 70 meses.

Los requisitos que deberán cumplir las MiPyMES son: no reducir su nómina laboral y no tener ningún empleado no registrado. Por otro lado, no podrán registrar obligaciones previsionales de pago líquidas y exigibles por seis o más períodos fiscales. De todas maneras, tendrán la posibilidad de regularizar su situación. Tampoco podrán registrar sanciones laborales que impliquen que sean incorporados en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL)