Alberto Fernández: "Queremos cuidar la salud, la recuperación económica y la presencialidad escolar"

El presidente de la Nación Alberto Fernández anunció restricciones de movilidad y suspensión de ciertas actividades sociales. Desde el viernes 9 y hasta el viernes 30 de abril, estará restringida la circulación entre la medianoche y las 6 de la mañana, se ampliarán los controles con despliegue de fuerzas de seguridad, bares y restaurantes cerrarán a las 23 hs., se suspenden actividades sociales y el transporte público solo estará habilitado para personal esencial y la comunidad educativa.

A través de un mensaje grabado en la Quinta Presidencial de Olivos, el mandatario explicó que el decreto de necesidad y urgencia que firmó deja sin efecto el que regía hasta el momento. Fernández permanece aislado luego de haber dado positivo de coronavirus el último sábado.

El último parte de coronavirus que emitió el Ministerio de Salud informó 22.039 nuevos casos, con lo que el número de contagiados ascendió a 2.450.068. De esta manera, el país se encuentra en el decimotercer lugar en el ranking global de naciones con más infectados, detrás de Colombia, que acumula  2.456.409 positivos, según el número que comunicó ayer.

¿Qué restricciones se establecieron a través del DNU?

  • Se suspenden para todo el país los viajes grupales de egresados, de estudio y de grupos turísticos.

  • En las zonas del país consideradas de mediano riesgo epidemiológico y sanitario es facultad y responsabilidad de gobernadores y gobernadoras adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios. 

  • En las zonas del país donde hay mayor riesgo epidemiológico y sanitario, se tomarán además las siguientes medidas:

a.    Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares.

b.    Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 20 personas.

c.    Se suspenden actividades de casino, bingo, discotecas o cualquier salón de fiestas.

d.    Se suspende la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.

e.    Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23 hs.

f.    Se prohíbe la circulación entre las 00:00 hs y las 06:00 hs de la mañana de cada día. Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.