Confirmaron el procesamiento del hombre que amenazó a Tani Fernández

La Cámara Federal porteña confirmó el procesamiento de un hombre acusado de amenazar a través de las redes sociales a Tani Fernández, le hije del presidente Alberto Fernández. La Sala I del Tribunal de Apelaciones también revocó la prisión preventiva del acusado y le redujo a 500 mil pesos el embargo de 2 millones impuesto por el juez Sebastián Casanello. El hombre, que vive en La Pampa, quedó procesado y será enviado a juicio oral por "amenazas anónimas, en cinco hechos" contra Tani Fernández y un amigo. Hasta el momento del procesamiento confirmado, el acusado cumplía con prisión domiciliaria. Los camaristas Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia le concedieron la excarcelación, al argumentar que no había riesgo de fuga ni entorpecimiento de la causa. 

Un caso de amenazas

La Cámara dio por probado que el acusado "en un lapso de tiempo sostenido" amenazó en redes sociales a le hije del Presidente y a un amigo en varias oportunidades. Entre los mensajes más violentos, el acusado les dijo a Tani y su amigo que serían "cargados en un Falcon verde" (en referencia a los autos usados para desaparecer personas durante la última dictadura cívico-militar). También que "los iban a torturar", "cortar la cabeza", "quemar vivos" y "tirarlos en un basural".

La investigación judicial comprobó que las amenazas fueron enviadas desde cuentas apócrifas, en las que el acusado intentó ocultar su identidad, desde junio de 2020 al 13 de julio de 2021. En la investigación se comprobó que esas cuentas estaban asociadas a un mismo perfil y que su creación provenía de una dirección IP de una localidad pampeana, en la que vive el imputado. Cuando le secuestraron el celular, los investigadores hallaron "guardadas numerosas imágenes" de ambas víctimas.

Si bien el hombre admitió haber enviado las amenazas, sus abogados argumentaron que eran "expresiones de deseo de imposible realización" y por ello pidieron que le revoquen el procesamiento. Este pedido no fue admitido por los camaristas, que entendieron que "las circunstancias de modo, tiempo y lugar en las que se desarrollaron los hechos, a la par de los elementos de prueba colectados, resultan suficientes y contundentes para mantener en esta instancia la decisión del magistrado en cuanto dictó el procesamiento".